Eslora máxima de 24 metros, matriculadas en la lista sexta o séptima, a un máximo de 60 millas de la costa y con un máximo de 12 personas a bordo.Instructor de prácticas básicas de seguridad y navegación en PNB y PER
• Gobierno de embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros, matriculadas en la lista sexta o séptima, para realizar navegaciones a lo largo de la costa española dentro de la zona comprendida entre esta y la línea de 60 millas paralela a la misma siempre y cuando no lleven a más de 12 personas, incluida la tripulación. .
• Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo.
• Haber cumplido 20 años de edad.
• Poseer nacionalidad española, o de un estado de la UE, o del Espacio Económico Europeo.
• Superar la prueba de conocimiento .
• Poseer los certificados obligatorios en vigor.
• Cursar la solicitud en un plazo no superior a 24 meses desde la superación de la prueba de conocimiento
• Realizar la navegación obligatoria.
• Justificante de abono de Tasa (modelo 790 código 001, disponible en Capitanías Marítimas, Distritos Marítimos y Delegaciones de Gobierno)
• Poseer los cursos de Contraincendios Avanzado y Buques de rescate.
• Justificante del pago de la tasa enlace
• Copia del documento en el que conste que se ha superado el reconocimiento medico de embarque marítimo realizado por el ISM
• Copia del titulo de Capitán de Yate
• Declaración responsable, sobre la navegación, prevista en el apartado 1.b) de la disposición adicional quinta del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio
• Declaración responsable de tener en vigor el certificado de Formación Sanitaria, el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro